La vigilancia privada en Venezuela es regulada por el Viceministerio de Prevención y Seguridad Privada, dependiente del Ministerio del Poder Popular para las relaciones Interiores, Justicia y Paz, el cual aplica el Reglamento de los Servicios Privados de Vigilancia Privada, Protección e Investigación de 1975.
Requisitos para prestar servicios de Vigilancia Privada
Según el mencionado reglamento las autorizaciones para prestar Servicios de Vigilancia Privada, Protección e Investigación, solamente se conferirán a ciudadanos venezolanos de reconocida solvencia moral y para realizar las actividades de vigilancia privada se deberá reunir los siguientes condiciones:
- Ser venezolano de nacimiento o por naturalización.
- Ser mayor de 18 años de edad.
- Tener aprobado el sexto (6°) grado de educación primaria.
- Poseer la aptitud física y capacidad psíquica necesarias para prestar Servicios de Vigilancia Privada, Protección e Investigación.
- Constancia de buena conducta y residencia expedida por la Jefatura Civil correspondiente.
- No poseer antecedentes penales.
- Superar las pruebas que acrediten los conocimientos y la capacitación necesarias para prestar Servicios de Vigilancia Privada, Protección e Investigación.
Requisitos del Personal de Vigilancia Privada
De igual manera el reglamento dicta que para incorporarse al personal de vigilancia privada, los aspirantes deberán aprobar un curso de capitación que tendrá una duración mínima de 120 horas, de acuerdo con los programas que apruebe el Ministerio del Poder Popular para las relaciones Interiores, Justicia y Paz, y las obligaciones del personal de seguridad de vigilancia privada serán las que siguen:
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Presentarse unos 15 minutos antes de tomar su turno para informarse de las novedades.
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Ser puntual y prestar su servicio con prolijidad.
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Cumplir con las ordenes impartidas por sus superiores jerárquicos.
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Garantizar confidencialidad en todas sus tareas y obligaciones.
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Ser extremadamente discreto a la hora de brindar cualquier tipo de respuesta.
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Mantener el orden dentro de las instalaciones.
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Tener una conducta intachable tanto dentro como fuera de su trabajo.
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Cuidar las instalaciones y bienes del lugar de trabajo.
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Salvo expresa orden o causa justificada jamás abandonara su puesto de trabajo.
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Tener su uniforme o vestimenta en impecables condiciones.
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No deberá de consumir ningún tipo de alimento o bebidas alcohólicas durante el servicio.
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En caso de portar armas o garrotes, los mismos deberán de estar correctamente asegurados al cinto y en perfectas condiciones.
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No entablar relaciones de amiguismo ni de confidencia con los demás operarios y empleados del establecimiento.
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Debe de preocuparse de estar permanentemente informado de los movimientos y estado de situación de los diferentes puestos.
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Es su obligación la de informar cualquier cambio que se produzca en las cercanías de su puesto.