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Cambio de Acto Conclusivo por parte del Ministerio Público en Venezuela

La prohibición de modificar o sustituir los actos conclusivos por parte del Ministerio Público en Venezuela encuentra un límite difuso cuando entra en conflicto con las garantías constitucionales. A través del examen de la opinión doctrinal DRD-28-62794 y el criterio vinculante de la Sala Constitucional en su sentencia del 15 de octubre de 2002, se desmitifica la preclusión rígida del escrito acusatorio. La investigación concluye que el ordenamiento procesal venezolano permite la solicitud del sobreseimiento de forma posterior a la presentación de la acusación si concurren motivos sobrevenidos que demuestren la atipicidad o la falta de fundabilidad del caso. Así, se equilibra el respeto a los actos propios de la vindicta pública con su mandato superior de velar por la buena marcha de la administración de justicia, demostrando que la fiscalía debe ser coherente, pero nunca prisionera de sus propios errores.

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Extradición

Extradición Pasiva de Venezolanos por Nacimiento y Naturalización

Extradición Pasiva de Venezolanos por Nacimiento y Naturalización La extradición pasiva en Venezuela puede iniciarse mediante detención preventiva con compromiso de formalización o mediante solicitud formal acompañada de documentación judicial. En el caso de venezolanos por nacimiento, rigen principios como la territorialidad, doble incriminación, limitación de penas, no prescripción, no entrega por delitos políticos, mínima gravedad y especialidad. Destaca el principio constitucional de no entrega del nacional (art. 69 CRBV) y el artículo 6 del Código Penal, que prohíben la extradición de venezolanos, debiendo ser juzgados en Venezuela. La Sala de Casación Penal ha reiterado que entregar a un nacional vulneraría el deber estatal de protección.
Respecto a venezolanos por naturalización, la jurisprudencia exige verificar si la nacionalidad fue adquirida fraudulentamente para evadir la justicia. También se analiza si la naturalización ocurrió después de los hechos delictivos, lo cual permite la extradición. La Sala ha declarado procedente la entrega cuando se demuestra que la nacionalización fue posterior a los hechos imputados, interpretándolo como una maniobra para evitar la persecución penal. En consecuencia, la extradición es procedente para naturalizados que obtuvieron la nacionalidad con posterioridad a los hechos o con fines de impunidad.

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Fraude Procesal

Delito de Estafa Agravada en la modalidad de Fraude Procesal

La estafa por fraude procesal es una modalidad agravada del delito de estafa prevista en el artículo 462 del Código Penal venezolano. Consiste en utilizar artificios o maniobras engañosas dentro de un proceso judicial para inducir en error al juez o tribunal y obtener una resolución que cause un perjuicio económico a un tercero y un beneficio injusto para el autor o para otro.

Doctrinalmente, se entiende como la manipulación de pruebas, la simulación de actos jurídicos o cualquier conducta destinada a alterar la verdad procesal, afectando la buena fe y la correcta administración de justicia. El sujeto activo es quien crea el engaño; el sujeto pasivo inmediato es el operador judicial, mientras que el perjudicado final es un tercero afectado por la decisión errónea.

Para que exista fraude procesal deben concurrir elementos como: dualidad entre el engañado (juez) y el perjudicado (tercero), un engaño idóneo, la intención de obtener una resolución específica, el propósito de causar daño, el error judicial y el perjuicio derivado de la decisión.

La figura puede presentarse como delito especial propio, impropio o incluso por omisión. Su bien jurídico protegido abarca la administración de justicia, el patrimonio y la buena fe procesal.

La jurisprudencia venezolana —incluida la Sala Constitucional del TSJ— ha reiterado que el fraude procesal se subsume plenamente en el tipo básico de estafa, configurando una “estafa procesal” o “estafa en triángulo”, donde el sistema de justicia es instrumentalizado para producir un fallo contrario a derecho. Por ello, cuando se detecta, además de la nulidad de las actuaciones, corresponde remitir antecedentes al Ministerio Público para la investigación penal.

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Código de Ética IA Venezuela

Venezuela publica principios que regirán la IA en Código de Ética

El “Código de Ética para el Desarrollo y Aplicación Responsable de la Inteligencia Artificial”, presentado el 19 de febrero de 2026 por el Ministerio del Poder Popular para Ciencia y Tecnología (MINCYT), constituye el marco rector para la gobernanza de las tecnologías emergentes en Venezuela. Elaborado bajo una visión humanista y soberana, este documento establece que el progreso tecnológico debe estar subordinado a la protección de la vida, la defensa de los derechos humanos y la salvaguarda de la naturaleza.

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Ley de Amnistia

Convivencia Democrática y Reconciliación por la Ley de Amnistía 2026

Descubre los alcances de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, promulgada el 19 de febrero de 2026 por la presidencia de Venezuela para fomentar la reconciliación nacional,. Esta normativa concede un perdón general por delitos políticos cometidos entre el 1 de enero de 1999 y el 19 de febrero de 2026, abarcando 13 hitos históricos de conflictividad política,,. Sin embargo, la ley excluye estrictamente crímenes de lesa humanidad, actos de corrupción, narcotráfico y violaciones graves a los derechos humanos,. Conoce el intenso debate generado por el Artículo 7 y la exigencia de «ponerse a derecho» para los beneficiarios, así como las críticas de organizaciones civiles sobre su implementación técnica,,. Un análisis detallado sobre este instrumento jurídico diseñado para consolidar la paz social y fortalecer de manera definitiva la convivencia democrática en el país.

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Beneficio directo: Requisito de la Responsabilidad Penal Empresarial

El concepto de “beneficio directo o indirecto” constituye el núcleo de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Según Lucas G. Menéndez Conca, no es necesario que el beneficio se materialice, sino que basta con que la conducta sea objetivamente idónea para generar una ventaja. Esa ventaja puede ser económica, reputacional o simplemente esperada, y sólo se excluyen las conductas manifiestamente inidóneas o realizadas por el agente físico en exclusivo provecho personal.
En el contexto normativo venezolano, esta noción aparece recogida en leyes especiales como la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y la Ley Penal del Ambiente, donde expresamente se señala que los delitos deben haberse cometido “en beneficio de la persona jurídica” para activar el régimen sancionatorio.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, particularmente en la Sentencia N.º 700 (2025), refuerza esta perspectiva. La Sala Constitucional ha sostenido que el beneficio puede consistir en ventajas indirectas, como el ahorro de costos o la evasión de controles, y que excluir la responsabilidad de la persona jurídica cuando ha sido instrumentalizada por sus accionistas contradice principios elementales de justicia.
En definitiva, el “beneficio directo” no exige resultados tangibles, sino una vinculación objetiva entre la conducta delictiva y el interés de la persona jurídica, lo que refuerza la aplicabilidad del régimen penal corporativo incluso en escenarios de utilidad potencial.

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delitos algorítmicos

Delitos Algorítmicos: Desafíos Urgentes para la Justicia y Nuestros Derechos

La implementación de la inteligencia artificial (IA) y los algoritmos en el sistema de justicia penal es un tema de creciente preocupación para criminólogos y penalistas, entre otros, debido a que estos sistemas realizan análisis predictivos basados en cálculos probabilísticos y una vasta recopilación y tratamiento de datos. Aunque la IA ofrece oportunidades para optimizar tareas rutinarias y agilizar procesos judiciales, mejorando la eficiencia de los servicios legales y el asesoramiento jurídico, también presenta problemas y desafíos significativos que requieren una regulación específica.
Uno de los principales problemas es la posibilidad de sesgos algorítmicos, los cuales pueden replicar y perpetuar prejuicios humanos existentes, como los raciales o de género, lo que podría llevar a decisiones discriminatorias. Estos sesgos surgen cuando la IA es «nutrida» con información o datos recopilados por seres humanos que ya reflejan prejuicios estadísticos, culturales o cognitivos. Un ejemplo claro es el programa COMPAS en Estados Unidos, criticado por mostrar un mayor riesgo de reincidencia para acusados negros en comparación con los blancos, o el caso del software de reconocimiento facial de Google que etiquetó a personas afroamericanas como «gorilas». La falta de transparencia de algunos algoritmos, conocidos como «cajas negras» (Black Box), es otro desafío importante. Incluso los desarrolladores no siempre comprenden completamente cómo la IA llega a un resultado específico, lo que dificulta la explicación de las decisiones y afecta el principio de motivación en las decisiones judiciales. Paradójicamente, muchas prácticas policiales y judiciales humanas también carecen de transparencia.
La atribución de responsabilidad penal cuando la IA comete errores o es utilizada para fines ilícitos es un desafío para los marcos legales actuales, centrados en la culpabilidad y la intencionalidad humana. Los expertos sugieren que la responsabilidad recae en la persona que voluntariamente utilizó o programó el sistema de IA de forma indebida para cometer un delito. Casos como un vehículo autónomo que atropella a una persona, el uso de bots para influir en procesos electorales, o la utilización de sistemas de IA para ciberdelincuencia como el robo de identidad, estafas informáticas (phishing, carding) o la difusión de deepfakes, ilustran la complejidad de determinar la responsabilidad. La industria automotriz y el Parlamento Europeo, por ejemplo, están revisando la responsabilidad del fabricante en caso de defectos del sistema.
La protección de datos personales y la privacidad son preocupaciones centrales, ya que la IA requiere grandes volúmenes de datos para aprender y tomar decisiones inteligentes. Esto plantea riesgos si no se cumple con principios como la legalidad, el consentimiento, la finalidad y la proporcionalidad. La capacidad de la IA para analizar datos masivos («Big Data») y crear perfiles de individuos puede afectar significativamente sus derechos y libertades, perpetuando estereotipos o llevando a discriminación injustificada. Aunque la anonimización de datos se propone como solución, los avances tecnológicos pueden hacer posible la reidentificación de individuos, lo que resalta la importancia de aplicar el principio de proporcionalidad para minimizar la cantidad de datos sensibles utilizados.
Existe también el peligro de una excesiva dependencia en la predicción de riesgo para la imposición de penas. Si bien la estimación de riesgo es necesaria en ciertos contextos penales, como para órdenes de protección o libertades condicionales, basar la pena esencialmente en la predicción de delincuencia futura podría «responsabilizar» a un individuo por rasgos (edad, género, educación, amistades, antecedentes familiares) que están estadísticamente asociados con delitos pero que no pudo controlar. Esto choca con principios como la culpabilidad individual y la proporcionalidad. Además, herramientas predictivas como VioGén, RisCanvi y VeriPol, utilizadas en España para valorar riesgos de reincidencia o denuncias falsas, a menudo carecen de total transparencia en cuanto a la teoría y los datos en los que se basan. La falta de formación especializada para los operadores del sistema penal sobre el uso y limitaciones de estas herramientas puede llevar a la «des-responsabilización» y afectar derechos fundamentales, como la libertad de un interno. Otro riesgo es la privatización del control de la violencia y la justicia, si el Estado deja que empresas privadas, dueñas de algoritmos «caja negra», tomen decisiones cruciales sin la debida supervisión y capacitación judicial.
Ante todos estos desafíos, se subraya la necesidad urgente de una regulación específica y ética para la IA en el ámbito penal que proteja los derechos fundamentales. Esta regulación debe establecer principios como la responsabilidad, la transparencia y la supervisión humana, y fomentar la innovación responsable. Se ha propuesto que los sistemas de IA con riesgo alto o inaceptable sean sujetos a fiscalización y certificación antes de su uso. Esta regulación debe ser integral y adaptable a los avances tecnológicos. La propuesta legislativa debe centrarse en el ser humano, promoviendo la inclusión, la responsabilidad, la transparencia y la justicia. También se contempla la implementación de normativas para la protección de datos mediante evaluaciones de impacto y medidas técnicas, así como regulación específica para vehículos autónomos y la seguridad en sistemas de vigilancia. La filosofía de «privacidad desde el diseño» (privacy by design) busca que la protección de datos sea un componente esencial de la tecnología desde sus fases iniciales, no un añadido posterior.

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